Kybernes Pulse

Código Ético de Kybernes Pulse

Versión 1.0 · Octubre de 2026

  1. Imparcialidad. Ningún miembro del equipo participa en un proceso en el que tenga relación personal, familiar o profesional con un aspirante; si se detecta, se abstiene y se documenta.
  2. Colegiación. Todas las pruebas las aplican, corrigen y firman psicólogas colegiadas en el COPC, sujetas al Código Deontológico del Consejo General de la Psicología; el número de colegiada consta en cada informe.
  3. Instrumentos validados. Solo pruebas con propiedades psicométricas publicadas y baremos adecuados.
  4. Criterios antes que resultados. Criterios y punto de corte se fijan y comunican al tribunal antes de aplicar pruebas; no se modifican después.
  5. Motivación. Todo NO APTO lleva motivación escrita referida a pruebas y criterios concretos.
  6. Derecho a la información. El aspirante puede conocer sus resultados y alegar; respondemos individualmente y en el plazo que fijan las bases.
  7. Confidencialidad. Datos de categoría especial (art. 9 RGPD) tratados por encargo (art. 28), cifrados, con acceso restringido y destrucción o devolución en el plazo pactado.
  8. Independencia. Ningún resultado se ajusta a expectativas de número de aptos; una petición de modificar un resultado se deniega y se hace constar.
  9. Sin conflicto. No preparamos aspirantes ni vendemos materiales de entrenamiento.
  10. Cumplimiento legal. LCSP 9/2017, EBEP (RDL 5/2015), Ley 16/1991, Decreto 233/2002, RGPD y LO 3/2018.
  11. Precios transparentes. Presupuesto cerrado por escrito tras leer las bases, con el IVA desglosado; no se cobra nada que no conste en la oferta.
  12. Reclamaciones. pulse@kybernesgroup.com, respuesta por escrito; derecho a acudir al COPC.

Firmado: la dirección de Kybernes Pulse y las psicólogas colegiadas en el COPC que intervienen en cada proceso. La versión que se anexa a cada oferta lleva las firmas y los números de colegiada.